Ninguna ciudad de España, y más, ninguna ciudad de Europa, tenía tantos tribunales como Sevilla, que en los siglos XVI y XVII, cuando la ciudad desempeñó un papel decisivo en la época dorada del imperio español, llegó a tener doce, según el bachiller Peraza.

Es el primero la Real Audiencia de los Grados, donde residen cinco grandes magisfrados que representan a la Majestad del Rey, cuyo tribunal está por encima de todos los demás en las cuestiones de lo criminal y lo civil. 

El segundo tribunal es el de la Fe, por el que se tratan los más altos y graves asuntos de la religión, tribunal que indaga, aclara, castiga las herejías tanto en cuanto son atentados contra la fe cristiana, como que lo son contra el Estado, pues las más de ellas, no sólo procuran dañar los espíritus, sino la integridad territorial del imperio, arrancando las provincias de Flandes y los Países Bajos, si se trata de luteranas, o arrancarnos las provincias del Mediterráneo, los ducados de Atenas y Neopatria, las islas de Chipre y de Malta, las costas de Bulgaria, Trípoli y Oran, que son preciados territorios del Imperio Español, en aquellos años del siglo XVI, en que el enemigo espiritual y material es el, turco que si derrotado en Lepanto, se lleva prisioneros y cautivos a nuestros más preclaros soldados y escritores a las mazmorras de Argel. Digo pues, que el segundo tribunal de Sevilla es el de la Santa Inquisición, que reside en el castillo viejo de San Jorge, en el arrabal de Triana. 

Y el tercer tribunal es la Audiencia Arzobispal o Tribunal Eclesiástico, que está pegado al costado de la Catedral, cuyo edificio llega desde la Puerta de los Palos, siguiendo al hilo de las gradas hasta la Puerta de la Campanilla, y en 

ancho hasta cuatro varas de distancia de la pared del Hospital de Santa Mana, dejando solamente un estrecho callejón para ir desde la calle Placentines la Puerta del Patio de las Banderas del Alcázar. Este Tribunal Eclesiístico tiene jurisdicción para todos los asuntos de las personas que residen en la archidiócesis de Sevilla, en cuanto a matrimonios, juramentos, adopciones, dispensas y sacramentos. Y además jurisdicción temporal sobre los clérigos con facultad para castigarlos, incluso con prisión para lo que tiene su cárcel. 

El Tribunal Eclesiástico estaba en unos edificios que existían en la actual Plaza de la Virgen de los Reyes, pues esa plaza no existía, sino que entre la Catedral y el Convento de Santa Marta apenas había un callejón estrecho. Las dependencias del Cabildo, Tribunal Eclesiástico, Recaudación de Aranceles, Sala de la Vicaría, etc., estaban adosadas al cuerpo del edificio catedralicio, como unos anexos, que se denibaron en el siglo XVIII. 

En el Tribunal Eclesiástico se ventilaron infinidad de asuntos matrimoniales, entre ellos las licencias para casarse las viudas cuyos maridos hubieran desaparecido en naufragios, en aquella época de la Flota de Indias, y que al no haber partida de defunción había de tramitarse un proceso de ausencia indefinida, y mediante una suposición verosímil se autorizaba un nuevo casamiento. Aunque a veces el difunto volviera a aparecer, como ocun-ió en cierta ocasión, en que un viajero a Indias se enteró allí por una noticia equivocada de que su mujer había muerto en Sevilla. Mucho debía amarla, pues no quiso volver a casarse, sino que se metió en religión y se hizo sacerdote. Pasado algún tiempo volvió a Sevilla y se encontró con que su mujer vivía, y pidió licencia al Arzobispado para volver a vivir con ella. Caso sumamente pintoresco y único de un hombre que fuera a la vez casado y cura. 

Otro suceso pintoresco fue el de la boda de Bartolomé Esteban Murillo, quien por ser buen partido económico provocó el interés de cierta familia para casarlo con su hija. Ella era mucho más joven que él, y cuando llegó ante el altar se anepintió de su palabru y al preguntar el sacerdote: «¿Querréis a este hombre por esposo?» gritó con todos sus pulmones, «iNo!» y salió comiendo. El escándalo fue mayúsculo, y como _Murillo era personaje importante la Iglesia quiso glar la boda para que no diera mal ejemplo a otras mozas, así que el Tribunal Eclesiástico la citó, la convenció y volvió semanas después al templo y se casó como Dios manda. Y fue feliz y tuvo hijos, y se mantuvo fiel a su esposo. 

El cuarto tribunal era el denominado «de los Alcaldes Mayores», el cual es de apelación, al que se acude en alzada, cuando alguien se considera disconforme con la sentencia de los tribunales del Asistente o del Alcalde de Justicia 

El quinto tribunal es la Audiencia del Asistente, que conoce de los asuntos de lo civil, incluyendo los litigios de intereses entre los pueblos jurisdiccionales. El sexto tribunal es la Audiencia del Alcalde de Justicia, de quien depende lo criminal, y cuenta con sus alguaciles de justicia. 

El séptimo tribunal de Sevilla es el de la Santa Hermandad Vieja, fundada por los Reyes Católicos. Este tribunal tiene a su cargo la persecución y castigo de los delincuentes que merodean por los campos y cometen sus fechorías en los caminos, lugares y cortijos. Tiene facultad para castigar a los reos de estos crímenes haciéndolos asaetear. 

El octavo tribunal de Sevilla es el llamado Corral de los Alcaldes Ordinarios, que tiene su sede en la calle del Coliseo, y juzga los asuntos de menor entidad, ya sean transgresiones en materia de ordenanzas municipales, o riñas de vecinos sin lesiones graves, ni muertes, y también los asuntos civiles de deudas, con tal que su monto no ascienda a más de mil maravedises. 

El noveno tribunal es el de la Casa de la Contratación, muy importante por la amplitud de su jurisdicción, tanto en lo personal, como en lo material, pues abarca desde las licencias para viajar al Nuevo Mundo, como la inspección de los barcos para ver si cumplen o no las condiciones ordenadas por el Rey, respecto a su tonelaje, carga, armamento y víveres. Tiene a su cargo el aforo y descarga de las mercaderías de Indias, y lo que es más importante, recoge de los barcos directamente y guarda en sus almacenes, el oro y la plata que vienen de las minas del Potosí y de Zacatecas, para las Reales Casas de la Moneda, y para las demás necesidades de la Hacienda del Rey. Es tribunal con las máximas atribuciones, y puede condenar a galeras, o a la horca. Aplica con rigor las pragmáticas y cédulas reales, de tal modo que ni siguiera obispos, o generales, o misioneros, o virreyes pueden embarcar o desembarcar sin su permiso y su conformidad, y ningún otro tiene jurisdicción sobre la Casa de la Contratación, si no es el mismo rey. 

El décimo tribunal que hay en Sevilla es la llamada Judicatura del Almirante que aunque su nombre sea tan alto, es un tribunal modesto, al que se le llama también, el Tribunal del Alcalde del Río, ya que sus facultades son solamente entender en los delitos del río, y no en otros. 

El undécimo tribunal de Sevilla es el de la Alhóndiga, que es una jurisdicción muy pequeña, porque solamente alcanza a los delitos que se cometan dentro del propio edificio del almacén de granos, llamado la Alhóndiga, tanto las disputas entre los mercaderes, como los robos y fraudes de los mismos. 

Finalmente el duodécimo tribunal de Sevilla es el llamado del Juicio de los Daños, que lo preside un Caballero Veinticuatro del Cabildo Municipal, y que entiende en los daños que suelen producirse en los cultivos de los campos, por rencillas entre los propietarios, por pastoreo furtivos en pagos ajenos, corta de leña, robos de cosechas, o aprovechamiento fraudulento de los cauces de agua. 

Doce tribunales con un centenar de magistrados que han de atender al pacífico disfrute de una equitativa distribución de la justicia, en esta ciudad mezcla de gentes de diversos lugares, con diversas costumbres, y diversas lenguas: por acá los de la calle de los Alemanes, por allá los de los Francos, los Placentines, los Catalanes, los franceses de Bayona, los genoveses de la calle Génova, y los sevillanos, y los trianeros, y los forasteros que vienen de paso, camino de Indias, y soldados de las galeras del rey, ansiosos de desembarcar para ver de cerca mujeres tras los largos mes de travesías y luchas contra turcos, piratas holandeses y bucaneros del Caribe. Y los veteranos que vienen de los Tercios de Italia y de Flandes, y las busconas de toda Europa a la búsqueda del oro de los indianos del Nuevo Mundo, y estudiantes sopistas, y gitanillas de castañuelas y panderos, y Maese Pedro, con su retablo de títeres y su mona amaestrada. Y allá por Triana, en la esquina de la calle Troya, el corral de Monipodio, donde un licenciado de presidio, tuerto y cojo por sus hazañas, cobrando tres ducados enseña a sus discípulos cómo se puede cortar con las tijeras la bolsa o la faltriquera de los espectadores de una procesión para ordeñar por el descosido las monedas de doblas y doblones. 

Señor, Señor, qué Sevilla esta! Cervantes la ha llamado nueva Babilonia. Y Lope de Vega se ha venido de la corte de Madrid a Sevilla con una cómica, Micaela Luján, casada y separada, con la que tiene dos hijos. Hay pleitos por la custodia de los hijos, y abogados que van y vienen. Lope estrena su comedia famosa El Arenal de Sevilla, en el Teatro de las Atarazanas, que ya van a derribarlo para construir en él la Casa de la Moneda, justo a la Puerta de Jerez. 

¡Pleitos, pleitos, y pleitos, Señor, Señor! ¡Pleitos, y pleitos, y pleitos, en esta increíble, maravillosa, complicadísima Sevilla!